Objetivos y Responsabilidades

Respecto de las responsabilidades de la Universidad- CEAC, en el seguimiento a graduados, ésta se compromete a:

  • Mantener el seguimiento al graduado a través de los medios disponibles para el efecto, desde el momento que se legalice su título ante el SENESCYT; para esto debe mantener actualizada una ficha registro de cada estudiante.
  • Fomentar el uso de la bolsa de empleo de la Universidad a los graduados.
  • Promover la participación de los graduados, en la incubadora de empresas existente, con el fin de ayudar a orientar sus emprendimientos.

Normativa

Ley Orgánica de Educación Superior

Art 26.- del Reglamento de la Ley Orgánica de Educación Superior, establece que la SENESCYT diseñará los procedimientos necesarios para que las instituciones de educación superior instrumenten un sistema de seguimiento a los graduados, el cual será parte del SNIESE. Los resultados de este sistema serán notificados al CEAACES anualmente.

Art. 129.- Notificación a la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.- Todas las instituciones de educación superior del país notificarán a la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación la nómina de los graduados y las especificaciones de los títulos que expida.

Art. 142.- Sistema de seguimiento a graduados.- Todas las instituciones del sistema de educación superior, públicas y particulares, deberán instrumentar un sistema de seguimiento a sus graduados, y sus resultados serán remitidos para conocimiento del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior.

Mayor información: LOES

Políticas

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